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Ayudas por nacimiento y manutención en Boadilla: cómo solicitarlas, plazos y requisitos
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Ayudas por nacimiento y manutención en Boadilla: cómo solicitarlas, plazos y requisitos
Hasta el 13 de octubre está abierto el plazo para solicitar las ayudas por nacimiento y manutención de hijos menores de tres años que ofrece el Ayuntamiento de Boadilla. Pueden optar a ellas las familias que, reuniendo todos los requisitos, hayan tenido o adoptado un hijo menor de edad el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2024. Además, si el hijo nació en los años 2024, 2023, 2022 o 2021, también se podrá percibir una cuantía para su manutención.
La solicitud se realizará a través de la Sede Electrónica, con certificado digital o cualquier medio autorizado en la misma. Hay una modalidad semipresencial para vecinos que carezcan de estos medios, que tendrán que acudir al Consistorio a firmar la solicitud previamente presentada de forma online.
Requisitos a cumplir
:. Ser español o extranjero con residencia legal en España. El solicitante deberá disponer y aportar DNI/NIE.
:: Estar empadronados y residir todos los miembros de la unidad familiar en un domicilio de residencia legal en Boadilla del Monte, durante un año consecutivo, inmediato anterior al primer día del período subvencionable (antes del 1 de enero de 2023).
:: Ser propietario o inquilino de una vivienda en Boadilla del Monte o familiar en primer grado de aquel que lo sea.
:: Estar al corriente de pago todos los miembros de la unidad familiar en los tributos y restantes ingresos de derecho público municipales en el último día de la presentación de la solicitud.
¿Qué documentación hay que aportar?
:: Libro de familia completo, certificación del Registro Civil o documento análogo a tal fin.
:: En caso de acogimiento familiar, resolución judicial de acogimiento certificado de la Comisión de Tutela del Menor que acredite que se encuentra en situación de acogimiento familiar.
:: En caso de separación o divorcio, sentencia de separación, divorcio o medidas paternofiliales realizadas de forma legal en procedimiento judicial o acuerdo de mediación reglado en centro público.
:: En su caso, certificado de defunción de uno de los progenitores.
:: En su caso, el título oficial que reconozca la condición de familia numerosa o solicitud del citado reconocimiento o de renovación del título.
:: En caso de menores de tres años con diversidad funcional igual o superior al 33 %, presentar certificado o tarjeta de discapacidad en vigor en el que se indique grado de discapacidad. La fecha del documento deberá ser previa a la fecha de presentación de solicitudes de la presente ayuda.
:: En caso de adopción de menores, adjuntar fotocopia cotejada de la resolución de la adopción por órgano competente y su correspondiente traducción jurada cuando corresponda.
:: En caso de tener vivienda en propiedad a nombre de uno de los dos progenitores, copia de escrituras o copia simple, o contrato de compraventa de la vivienda donde aparezca datos de vivienda y titular identificado con DNI de, al menos, un progenitor.
:: En caso de residir en alquiler, copia del contrato y de los seis últimos recibos, en los que figuren los datos de, al menos, uno de los progenitores peticionarios.
:: Si la unidad familiar no es propietaria o arrendataria de la vivienda en que figure empadronada, informe o certificación del Registro de la Propiedad de ambos progenitores, en que se acredite que ninguno de ellos posee otra vivienda en el territorio nacional, con objeto de acreditar que el domicilio en el que está empadronado es el domicilio habitual.
Cantidades que se perciben por las ayudas
- Ayuda general
Por nacimiento o adopción: hasta 700 euros
Por manutención: hasta 350 euros
- Ayuda a familias numerosas de categoría general y monoparentales, entendiendo por familia monoparental la constituida por un progenitor o tutor y, al menos, un menor, en donde la responsabilidad familiar recae únicamente en esa persona adulta, quedando excluidos los regímenes o acuerdos de custodia compartida:
Por nacimiento o adopción: hasta 1000 euros
Por manutención: hasta 700 euros
- Ayuda a familias numerosas de categoría especial
Por nacimiento o adopción: hasta 1300 euros
Por manutención: hasta 1000 euros
- Ayuda a familias con menores con discapacidad superior al 33 %
Por nacimiento o adopción: pago único de 2000 euros
Por manutención: hasta 1000 euros.
Si, además, es familia numerosa, pago único de hasta 1500 anuales por manutención
Las cuantías se prorratearán, en su caso, disminuyendo los importes máximos, en función del número de solicitudes concedidas hasta agotar el crédito máximo habilitado.
Para resolución de dudas se puede escribir a concejaliafamilia@aytoboadilla.com o llamar al teléfono 91 128 35 10. Toda la información para solicitar las ayudas está disponible en este enlace.