Medio Ambiente

Comunicado del PSOE en relación a la imputación al alcalde de Boadilla de un presunto delito ecológico: "El Alcalde de Boadilla, Arturo González Panero, en su declaración lo único que hizo fue derivar responsabilidades hacia el Canal de Isabel II"

18 de Enero de 2006. 11:08 - Comunicado de PSOE Boadilla del Monte
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Ante la nota de prensa difundida por el Sr. Alcalde D. Arturo González Panero, respecto a su declaración como imputado de un presunto delito ambiental, y ante el cúmulo de inexactitudes y afirmaciones inveraces vertidas en la misma, el PSOE considera necesario aclarar a los ciudadanos lo que a continuación se señala, dado el vano intento del Alcalde de confundir y ocultar sus propios errores, que una vez más vienen a demostrar su temeridad e ignorancia ambiental y jurídica. Esto es:
Ante la nota de prensa difundida por el Sr. Alcalde D. Arturo González Panero, respecto a su declaración como imputado de un presunto delito ambiental, y ante el cúmulo de inexactitudes y afirmaciones inveraces vertidas en la misma, el PSOE considera necesario aclarar a los ciudadanos lo que a continuación se señala, dado el vano intento del Alcalde de confundir y ocultar sus propios errores, que una vez más vienen a demostrar su temeridad e ignorancia ambiental y jurídica. Esto es:

1º) El superior jerárquico de del Juzgado de Instrucción de Móstoles es la Audiencia Provincial de Madrid. Como ya señalamos en nuestra nota de prensa anterior, dicho Juzgado vino en su día en archivar las actuaciones, ante lo cual se formuló recurso de apelación ante la Audiencia Provincial, que fue estimado íntegramente por dicha instancia jurídica y volvemos a reiterar extracto de fundamento de su resolución, a fin de que el Sr. Alcalde entienda, si es posible, lo acontecido. Se reseña en el auto de la Sección 5ª de la Audiencia Provincial de Madrid lo siguiente:

En el mismo, tras compartir la Sala " la preocupación del apelante por el medio ambiente" y " consciente del deterioro que para el mismo suponen los vertidos contaminantes en las corrientes fluviales", manifiesta que " se hace necesario determinar con mayor precisión, entre otros extremos, la gravedad de la actividad contaminante, las actuaciones llevadas a cabo por la corporación municipal en los puntos contaminados o la responsabilidad que correspondía a los denunciados, para lo cual deberán practicarse las averiguaciones oportunas..".

En consecuencia, la Sección 5ª de la Audiencia Provincial de Madrid ordenó investigar la grave contaminación de los arroyos de Boadilla del Monte y la falta de depuración, en muchos de sus términos, de las aguas residuales y fecales.

2º) En consecuencia, las causas no se desestiman hasta que no se agota el trámite procesal, y éste no concluyó con el archivo inicial, como en ocasiones ocurre, sino que cabía recurrirlo, y tras la estimación resuelta continuar con la investigación de los hechos denunciados, por orden y criterio de la Audiencia Provincial.

3º) Asimismo, aclarar que la Audiencia Provincial no revoca porque no haya declarado el Sr. Panero. Como ya se indicó en su momento, la denuncia se presentó en Físcalía de Medio Ambiente, que remitió los Autos a los Juzgados de Móstoles para su reparto e incoacción de procedimiento penal. Tras el archivo citado, la Audiencia revoca porque considera oportuno determinar con mayor precisión lo reseñado en párrafos precedentes.

4º) El Sr. Panero no testifica, el Sr. Panero y su exteniente de alcalde declaran como IMPUTADOS DE UN DELITO AMBIENTAL, al existir posibles indicios de criminalidad en su actuación pública y en relación a la grave contaminación ambiental de los arroyos de Boadilla del Monte, que son afluentes del Río Guadarrama protegido por la Ley del Parque Regional.

5º) El Sr. Panero tuvo que declarar durante más de dos horas, entre otras cosas, sobre el por qué 4 años después de firmado un acuerdo sobre el saneamiento integral con el Canal de Isabel II y la Consejería de Medio Ambiente, que traía causa de otro anterior del año 96, y siendo Alcalde desde 1.999, existen, según INFORME DE LA GUARDIA CIVIL DEL SEPRONA, al menos cinco arroyos del municipio de los analizados, con sustancias tóxicas que superan con creces los límites legales establecidos, principalmente el arroyo de los Pastores en dos vertientes, el Arroyo del Olivar, el de Majuelos, el de la Vega, el del Ventorro del Cano, etc. Estos dos últimos, también, incluidos igualmente en el Plan de Saneamiento Integral de Boadilla del Monte en virtud de aquellos acuerdos firmados por el alcalde

Conviene aclarar que las pruebas de la contaminación del Arroyo de los Pastores, fueron evacuadas bastante antes de lo que se señala como acontecido en la M-50, y que hoy en día continua dicho arroyo como un estercolero, siendo depositario de aguas residuales domésticas sin depurar.

También tuvo que declarar sobre el por qué, conociendo la contaminación sistemática de los arroyos de Boadilla por la falta de depuración de las aguas residuales, hay muchas zonas de Boadilla con gran densidad poblacional ( Valdepastores, Valdecabañas, Pino Centinela, Casas Blancas, El Olivar, Viñas Viejas, el Olivar de Mirabal, etc.), que continúan funcionando con sistemas de depuración de las propias urbanizaciones.

O por qué, firmados aquellos acuerdos y siendo alcalde desde 1.999, la cuenca Oeste sigue sin haberse puesto una piedra para la construcción de la depuradora EDAR Guadarrama, como se acordó en su momento.

Todo ello entre otras muchas cuestiones. En consecuencia, el Juzgado al que ha correspondido tramitar las actuaciones, deberá investigar el origen de la contaminación, la afectación ambiental de las aguas, cauces y riberas, así como el presunto delito ambiental y dejación de funciones, por parte de las autoridades municipales, para prevenir y evitar el daño ambiental.

6º) También aclarar que el día 17 no fue un juicio, que fue una declaración como imputado, y que la Fiscalía remitió en su momento las actuaciones y ordenó incoar procedimiento penal. En tal sentido, los fiscales pueden ir o no ir a estas iniciales declaraciones, y por supuesto a la vista de las mismas solicitar diligencias. Este es el procedimiento judicial.

7º) El Grupo Municipal Socialista, no tiene ni es quien para notificar una denuncia ambiental al Sr. Alcalde, será la Fiscalía o el Juzgado los que le puedan citar a fin de declarar, como así ha acontecido. Una vez más, este es el procedimiento.

Por cierto, quien sí le ha notificado al Sr. Panero, a lo largo de los últimos cinco años, distintas sanciones por contaminación de los arroyos ha sido la Confederación Hidrográfica del Tajo.

8º) Una vez más, se equivoca el Sr. Alcalde, pues la única preocupación del PSOE en Boadilla del Monte es la defensa de nuestro entorno natural, que es única, y nada más. Pero sencillamente, su prepotencia le impide hacer caso cuando se le aconsejan medidas ambientales para proteger aquel, veáse, inclusión del Monte de Boadilla en el Parque Regional del Guadarrama, Recuperación y Regeneración de las Vias Pecuarias, etc.

9º) Y en cuanto a la afirmación de una denuncia por delito de denuncia falsa, los procedimientos pueden acabar en juicio o no, pero en tal caso tendrá que rebatirse a los informes del SEPRONA y la orden de investigar de la Sección 5ª de la Audiencia Provincial de Madrid.

El PSOE confía haber aclarado a los ciudadanos de Boadilla de la verdad de lo acontecido, que sólo es una, la defensa de nuestra riqueza ambiental.

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