Seguridad
Finaliza el plazo para adaptar los badenes a la nueva ley
El pasado 29 de octubre se cumplía el plazo para adaptar los pasos de peatones elevados y bandas transversales a la nueva normativa. Esta ordenanza regula la ubicación, señalización y forma de los resaltos, convirtiendo en ilegales todos aquellos que superen los 10 centímetros de altura, que no cuenten con rampas de 1 metro o tengan una longitud inferior a 4 metros. Además, los pasos de peatones elevados deben ser de hormigón o asfalto y estar pintados con líneas blancas.
En el caso de los "lomos de asno", popularmente conocidos como "guardias tumbados", se pintarán con tres triángulos blancos sobre su parte ascendente y no podrán superar los 6 centímetros de altura.
La ley también establece que cualquier reductor de velocidad tiene que estar correctamente señalizado, contar con iluminación nocturna propia y recomienda una distancia mínima de 150 metros entre badenes consecutivos.
La Asociación de Automovilistas Europeos ha aclarado que, aunque algunos consistorios se resisten a aplicar las modificaciones alegando que la ley se refiere únicamente a carreteras de ambito estatal, "los resaltes que no cumplan con las medidas y apariencia estandarizadas pueden ser considerados como obstáculos en la calzada, según el artículo 5 del Reglamento General de Circulación" e invita a los conductores a denunciar a los titulares de la vía si sufren lesiones, o, incluso, desperfectos en su vehículo.
Con esta nueva ley, los ayuntamientos no sólo tendrían que pagar sanciones, sino indemnizar a quien sufra un accidente por culpa de un badén irregular.
REQUISITOS DE LOS BADENES LEGALES:
UBICACIÓN:
150m de distancia recomendada entre badenes consecutivos
No podrán instalarse Reductores de Velocidad salvo justificación técnica en los siguientes casos:
- En los tramos de la red que no tengan consideración de travesía.
- En los primeros 50 metros del comienzo de la travesía, cuando no exista "puerta de entrada"
- En travesías cuya longitud sea inferior a 200 m.
- En puntos donde la V85 supere los 60 km/h.
- En los puentes o túneles u otras obras de fábrica singulares,y en los 25 m anteriores o posteriores.
- En los tramos de travesías con pendiente superior al 5 por ciento.
- En los tramos de travesías en que existan más de 2 carriles de circulación
- En tramos de travesías con IMD superior a 5.000 vehiculos/hora, o una intensidad horaria punta superior a 300 vehiculos/hora.
- En las proximidades de las intersecciones no se colocarán Reductores de Velocidad del tipo «lomo de asno»
MATERIALES:
Pasos de peatones elevados: Hormigón ó materiales de componente asfáltico.
Lomos de asno: Caucho o derivados y materiales plásticos
MEDIDAS:
Pasos de peatones elevados: Altura: 10 cm ± 1 cm. Longitud de la zona elevada: 4 m ± 0,20 m (en casos excepcionales se autorizarán longitudes inferiores, hasta un mínimo de 2,5 m). Longitud de las rampas: Entre 1 y 2,5 m (un metro para el caso de velocidad restringida a 30km/h, un metro y cincuenta centímetros cuando se señalicen para 40 km/h, y dos metros cincuenta centímetros para velocidad igual a 50 km/h).
Lomos de asno: Altura: 6 cm ± 1 cm. Longitud: 4 m ± 0,20 m
SEÑALIZACION HORIZONTAL:
Pasos de peatones elevados: pintados con líneas blancas de 50cm, y una línea transversal blanca 1 metro antes de las rampas.
Lomos de asno: tres triángulos blancos realizados sobre su parte ascendente
SEÑALIZACION VERTICAL:
De entrada al tramo, de advertencia, y de situación
ILUMINACIÓN:
Todos los dispositivos reductores de velocidad deberán contar con iluminación nocturna, a los efectos de garantizar su visibilidad, localización, y presencia de peatones en su caso, por parte de los conductores.
SEGURIDAD:
Drenaje: Se debe garantizar el drenaje de las aguas que circulan por la calzada de forma que no se produzcan retenciones de agua o encharcamiento en los extremos del Reductores de Velocidad.
Nuria: Sobre los badenes
FERNANDO: Con Oficio
: Badenes o "Belenes" ???
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