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Vivienda pública en Boadilla: ya hay fecha para solicitar uno de los 524 pisos de alquiler asequible en Valenoso
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Vivienda pública en Boadilla: ya hay fecha para solicitar uno de los 524 pisos de alquiler asequible en Valenoso -
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Vivienda pública en Boadilla: ya hay fecha para solicitar uno de los 524 pisos de alquiler asequible en Valenoso
La Comunidad de Madrid ha marcado la fecha en la que se abrirán las inscripciones para solicitar una de las 524 viviendas de alquiler asequible del Plan Vive en Boadilla del Monte. La promoción se ubica en la zona de Valenoso, en la calle Fray Bartolomé de las Casas, número 4, y se destinará al régimen de Vivienda con Protección Pública para Alquiler (VPPL).
El plazo de inscripción se abrirá el próximo 11 de mayo, momento a partir del cual los interesados podrán registrarse y presentar su solicitud para optar a una de las viviendas en alquiler asequible en Boadilla.
Características de las VPPL de Boadilla
El conjunto residencial está formado por 524 viviendas distribuidas en 109 de un dormitorio, 246 de dos dormitorios —de las cuales 21 serán adaptadas— y 169 de tres dormitorios. Las superficies medias serán de 45 m² en las viviendas de un dormitorio, 64 m² en las de dos y 86 m² en las de tres dormitorios.
En cuanto a los precios, las rentas mensuales partirán de 588,76 euros para las viviendas de un dormitorio, 763,76 euros para las de dos y 1.013,16 euros para las de tres dormitorios. Todas las viviendas incluyen una o dos plazas de garaje y un trastero como anejos inseparables dentro del precio. A estas cantidades se sumarán los gastos de servicios comunitarios —como limpieza, mantenimiento, jardinería, piscina, gimnasio o conserjería—, que no podrán superar el 18 % de la renta mensual.
Las viviendas han sido diseñadas con criterios de calidad, sostenibilidad y eficiencia energética. Contarán con calificación energética A y certificación BREEAM. Además, la promoción dispondrá de servicio de conserjería, zonas verdes con piscina, espacios de juego infantil, pista polideportiva, gimnasios equipados y áreas comunitarias destinadas a los residentes.
¿Cómo solicitar una vivienda pública del Plan Vive en Boadilla?
La inscripción deberá realizarse de forma online a través de la página web habilitada por la gestora, a partir del próximo 11 de Mayo a las 9.00h. Los interesados deberán registrarse en una lista pública que se actualizará periódicamente.
El procedimiento consta de varias fases: inscripción, admisión de solicitudes, asignación de viviendas según orden de prelación, acreditación documental y formalización del contrato. Los solicitantes seleccionados dispondrán de un plazo de diez días naturales para aportar la documentación requerida.
Una vez verificados los requisitos, se procederá a la firma del contrato de alquiler y la entrega de llaves se realizará en un plazo máximo de tres meses, salvo prórroga administrativa. Las adjudicaciones continuarán realizándose de forma progresiva conforme se vayan liberando viviendas.
Los interesados podrán recibir asistencia presencial en el piso piloto habilitado en la propia promoción, en la calle Fray Bartolomé de las Casas, 4, en horarios determinados. Esta atención está dirigida a facilitar el proceso de inscripción y resolver dudas relacionadas con la solicitud.
Requisitos para acceder a las viviendas protegidas de Boadilla
Para acceder a una vivienda del Plan Vive el solicitante debe ser mayor de edad o menor emancipado, tener nacionalidad española o bien, residencia legal en España. Además, los empadronados en Boadilla del Monte o los que trabajen en el municipio con una antigüedad mínima de 3 años, tendrán prioridad. Es necesario que la vivienda que se solicita se convierta en la residencia habitual y no se posea otra vivienda en el país.
Otro de los requisitos es que el pago de la renta total anual no supere el 35% de los ingresos netos anuales de la unidad de convivencia. Igualmente, el solicitante debe cumplir con los límites de ingresos brutos establecido, según el tipo de vivienda. En general, es necesario tener unos ingresos brutos -entre todos los miembros de la unidad de convivencia del solicitante- que supongan como mínimo 1,5 veces IPREM y como máximo 5,5 veces el IPREM, si se trata de viviendas con protección pública para arrendamiento de precio básico (VPPB) y 7,5 veces IPREM si se tratara de viviendas con protección pública para arrendamiento de precio limitado (VPPL)

