Municipio
Avanza la construcción en Boadilla de las 524 viviendas de alquiler asequible en Valenoso
El consejero de Vivienda, Transportes e Infraestructuras, Jorge Rodrigo, y el alcalde de Boadilla, Javier Úbeda, han visitado hoy las obras de construcción de las 524 viviendas pertenecientes al Plan Vive de la Comunidad de Madrid para alquiler asequible (hasta un 40 % menos que el precio de mercado), que están ubicadas en la calle Fray Bartolomé de las Casas, en Valenoso.
Estas viviendas, que comenzaron a construirse en mayo del 2024 tal y como informamos desde este medio, tendrán tres dormitorios (109), dos (246) y uno (169). La urbanización contará con zonas ajardinadas, gimnasio, pista polideportiva, piscina, garaje y trastero. La construcción tendrá también altos estándares de sostenibilidad, creando viviendas energéticamente más eficientes.
En la obra se está utilizando el modelo de construcción industrializada, que permite agilizar los tiempos hasta un 30 %, gracias a que elementos como fachadas o terrazas se fabrican en cadena y llegan solo para ser instalados donde corresponda.
Requisitos para acceder a los pisos del Plan Vive
El principal requisito para poder optar a estas viviendas del Plan Vive es que la persona solicitante la destine a residencia habitual y, además, no tenga ninguna otra propiedad a su nombre en todo el territorio nacional. Igualmente, ha de ser mayor de edad y tener nacionalidad española, teniendo prioridad los empadronados en Boadilla y los que tengan su puesto de trabajo en la localidad desde hace al menos tres años.
Otro de los requisitos es que el pago de la renta total anual no supere el 35% de los ingresos netos anuales de la unidad de convivencia. Igualmente, el solicitante debe cumplir con los límites de ingresos brutos establecido, según el tipo de vivienda. En general, es necesario tener unos ingresos brutos -entre todos los miembros de la unidad de convivencia del solicitante- que supongan como mínimo 1,5 veces IPREM y como máximo 5,5 veces el IPREM, si se trata de viviendas con protección pública para arrendamiento de precio básico (VPPB) y 7,5 veces IPREM si se tratara de viviendas con protección pública para arrendamiento de precio limitado (VPPL).
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